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Como cualquier otro producto de la construcción que forme parte de las instalaciones del edificio, las puertas cortafuego deberían estar siendo mantenidas tal y como obliga el Código Técnico de la Edificación (CTE). A ello se refiere en este artículo Arsenio Manzanares, C.S. Puertas, Control de Humos y Señalización de Tecnifuego-Aespi.

Un correcto mantenimiento es la única forma de asegurar que un producto tan importante  para la seguridad de las personas como la puerta  cortafuego está en perfectas condiciones y por tanto va a poder funcionar como se espera de él en el momento  en el que haya un incendio.

De hecho, sólo un mantenimiento realizado según las instrucciones del fabricante y por personal competente, puede hacer que la puerta, como le pasaría a cualquier otro producto, no pierda las características que inicialmente  tenía y, por lo tanto, solo un correcto mantenimiento hará que independientemente del tiempo pasado desde su instalación, la puerta mantenga sus características, entre otras cosas, de resistencia al fuego.

No realizar el mantenimiento necesario indicado por el fabricante, llevaría a tener que aceptar que la puerta no mantenida tendría debería tener una fecha de caducidad.

Precisamente por la importancia que tienen los mantenimientos es por lo que no sólo es una exigencia reglamentaria dicho mantenimiento al ser exigida en el CTE, sino que el Ministerio de Fomento a través de su Secretaría de Estado de Vivienda, ha publicado incluso un Documento de Apoyo (DA DB-SI/3 Mantenimiento de puertas peatonales con funciones de protección contra incendios reguladas por el DB SI) al CTE, en el que explícitamente se recogen las operaciones de mantenimiento que se consideran necesarias para que las puertas peatonales cortafuego sean eficaces durante toda la vida útil del edificio.

Aunque en el referido documento Fomento señala los mínimos necesarios para un  correcto mantenimiento, son los fabricantes como los mejores conocedores del producto, los que en última instancia deben decir todas y cada una de las operaciones de mantenimiento a realizar en la puerta cortafuego específica. Por ello, es muy importante que con el producto, los fabricantes faciliten unas adecuadas instrucciones de mantenimiento. En dichas instrucciones, no solo las operaciones a realizar, sino también las frecuencias con las que deben ser realizadas, tendrán que reflejarse.

Por otro lado, aunque evidentemente el primer paso para conseguir tener en España un parque de puertas cortafuego que cumplan con los requisitos que las corresponden durante toda su vida útil es que sean sometidas a un mantenimiento, no menos importante es la forma en la que dicho mantenimiento debe ser realizado. Concretamente, me refiero a la importancia que tiene el hecho de que los mantenimientos para un producto que afecta directamente a la seguridad de las personas, debe ser realizado por personal competente.

 

El papel de las asociaciones

Se están realizando muchos esfuerzos, sobre todo desde las asociaciones de fabricantes, para conseguir que dichos trabajos se lleven a cabo por profesionales que conozcan realmente el producto y tengan la formación y experiencia práctica que se necesita. En dicha dirección se encuentran trabajando a nivel nacional asociaciones como Tecnifuego-Aespi, con por ejemplo, el desarrollo de normas que permitan facilitar dichos trabajos de mantenimiento. Al mismo tiempo, a nivel europeo, la federación de fabricantes, EDSF, también está intentando desarrollar herramientas que hagan más fáciles y claros estos trabajos de mantenimiento.

Existe mucho interés, sobre todo desde el sector de los fabricantes, en hacer entender a todas las partes implicadas la importancia que tiene mantener nuestro parque de puertas correctamente y sobre todo, por personal competente para ello. En este sentido, existe un debate sobre la necesidad de crear un registro a nivel nacional, de personal competente en la materia. Este registro debería contener al menos, las personas que están capacitadas y los trabajos para los que dichas personas estarían capacitadas. En nuestro país, creo que son las comunidades autónomas las que deberían facilitar la inscripción de las personas, aunque evidentemente, estos listados deberían ser compartidos a nivel estatal.

Este debate sobre si es necesario regular mediante un registro los profesionales considerados competentes para realizar trabajos de mantenimiento en puertas cortafuego, no es exclusivo de nuestro país. La misma necesidad se está planteando en otras partes de Europa, como por ejemplo, en los países anglosajones, donde se están planteando la necesidad de  equiparar el registro mencionado con el de otros productos ya regulados en este sentido, como puede ser el gas. En definitiva, el mantenimiento de las puertas cortafuego, además de ser un requisito legal, es un aspecto fundamental a la hora de conseguir que dichas puertas se encuentren en estado de funcionamiento durante todo el tiempo que estén instaladas.  La misma importancia que el propio mantenimiento debe tener  el que lo realice personal competente en el sentido práctico y teórico.  Además, para demostrar dicha capacitación, sería conveniente desarrollar algún tipo de control o registro, tal y como están pidiendo cada vez desde más partes en Europa.

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